Con la finalidad de disminuir y castigar los casos de acoso sexual en Tuxtla Gutiérrez, el Observatorio Ciudadano Chiapas de manera colaborativa con el Observatorio Ciudadano Nacional, la Fiscalía General del Estado y la Secretaría de la Mujer del Estado implementarán en diferentes negocios del centro de la ciudad un protocolo básico de actuación para intervenir en caso de acoso sexual callejero.
Carmen Villa Chávez, directora del Observatorio Ciudadano Chiapas explicó que el protocolo está diseñado para que pueda ser implementado en diferentes tipos de establecimientos. Si bien, la prueba piloto se realizará en cinco negocios aliados del centro de la ciudad capital, la intención es que pueda extenderse a otras partes de Tuxtla y otros municipios del estado.
El protocolo estará disponible de manera gratuita para cualquiera que lo que desee consultar e implementar en la página oficial del Observatorio. No es necesaria una capacitación específica ni tampoco implica la derogación de recursos económicos. La implementación de este proyecto forma parte de los trabajos de prevención de delito que realiza el Observatorio Ciudadano Chiapas.
En Chiapas en el artículo 238 del Código Penal del Estado se especifica que comete el delito de acoso sexual quien con fines de lujuria, asedie a persona de cualquier sexo, aprovechándose de cualquier circunstancia que produzca desventaja, indefensión o riesgo inminente para la víctima, independientemente de que se realice en uno o varios eventos.
De igual manera incurre en acoso sexual, quien sin consentimiento del sujeto pasivo y con propósito de lujuria o erótico sexual, grabe y/o fotografíe a cualquier persona, a través de medios informáticos, audiovisuales, virtuales o por cualquier otro medio; así mismo, quien sin consentimiento y con fines lascivos, asedie de manera verbal o corporal a cualquier persona, en lugares públicos, instalaciones o vehículos destinados al transporte público de pasajeros, afectando o perturbando su derecho a la integridad y libre tránsito, causándole intimidación, degradación, humillación y/o un ambiente ofensivo. Las penas por este delito van de un año a cuatro años de prisión y de 100 a 300 días de salarios mínimos de multa.
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