• La juez precisó que los actos reclamados impactan en el derecho a la salud y en el derecho a la vida. 

Julissa González Rojas, juez Quinto de Distrito de Amparo y Juicios Federal de Chiapas, ordenó a las autoridades federales y estatales para que de manera inmediata den a conocerlas medidas y acciones sanitarias para prevenir el contagio de Coronavirus en las lenguas maternas de los pueblos Tzotzil, Tseltal, Zoque y Chol

El pasado 6 de abril, a varias semanas del inicio de la pandemia por el Covid 19, indígenas integrantes del Movimiento Campesino Regional Independiente de la Coordinadora Nacional Plan de Ayala, Movimiento Nacional (MOCRI- CNPA- MN), de los municipios de San Juan Chamula, Tenejapa, Marques de Comillas y Palenque, a través del despacho Rivero & Asociados, Defensa Estratégica en Derechos Humanos, interpusieron el recurso de amparo, donde reclamaron la falta de información en sus lenguas.

La juez González Rojas, otorgó la suspensión de plano a los quejosos, y dio un plazo de 24 horas para que el titular del Ejecutivo Federal, así como el secretario de Salud, Jorge Alcocer,  el Consejo de Salubridad General y el gobernador chiapaneco Rutilio Escandón, den cumplimiento a la medida cautelar.

Los actos reclamados, dijo la juez, impactan en el derecho a la salud y en el derecho a la vida. 

González Rojas señaló en su acuerdo que las autoridades, dentro de su ámbito de competencia, deben cumplir con lo previsto en la Ley General de Salud, para que garanticen el acceso a la información “sobre las medidas y acciones sanitarias efectivas de contención, prevención y combate de la pandemia provocada por el covid-19, implementadas a la fecha. 

La información para estas comunidades se tendrá que difundir a través de medios de comunicación (audiovisuales, orales y gráficos) entre otras medidas que sean efectivas. 

“La falta de intervención oportuna respecto a dicho lineamiento se puede traducir en el avance del virus referido e incluso en la propagación en el territorio mexicano, con lo que sería imposible restituir a la parte quejosa en el disfrute del derecho humano de la salud y de la vida”, detalla la resolución. 

La Coordinadora Nacional Plan de Ayala, Movimiento Nacional, señaló que aunque el amparo tiene efectos para los cuatro grupos étnicos mencionados, “el Estado tiene la obligación legal, política y moral de difundir la información en las lenguas maternas de todos los pueblos indígenas de nuestro país, respetando las especificidades culturales de cada pueblo”.

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *