Su nombre será inscrito en el Registro Nacional de Personas Sancionadas por este delito en el INE
Tuxtla Gutiérrez, Chis. 30 Dic.- Por mayoría, el Consejo general del Instituto de Elecciones y Participación Ciudadana (IEPC) determinó que el presidente municipal de Tuxtla Gutiérrez del partido Morena, Carlos Orsoe Morales Vásquez incurrió en violencia política por razón de género en contra de la regidora Adriana Guillén Hernández, por lo que su nombre queda inscrito en el Registro Nacional de Personas Sancionadas este delito del Instituto Nacional Electoral (INE), además que no podría participar en el proceso electoral del 2021.
La regidora priista interpuso una denuncia en contra del del edil, por un vídeo que este difundió en el que hacía diferentes acusaciones en su contra, y también porque no la había convocado a reuniones de Cabildo, ni tampoco daba respuesta a sus distintos oficios.
Durante la sesión, la última del año, el órgano electoral dictaminó que existió violencia política por razón de género, impuso
como medida de reparación del daño, una disculpa pública a favor de la denunciante, además que declaró la pérdida de la presunción de su modo honesto de vivir del alcalde y consideró una multa por alrededor de 200 mil pesos.
Durante la discusión del dictamen, los consejeros electorales se pronunciaron en contra de la mediatización y politización el tema. El consejero presidente, Oswaldo Chacón Rojas comentó que el líder de uno de los partidos políticos involucrados, le habló por teléfono para intentar intimidarlo, pero le advirtió que de continuar con las intimidaciones recurrirá a las autoridades competentes para interponer una denuncia formal.
Debido a que el dictamen se hizo con la actual Ley electoral, el IEPC no pudo sancionar ya que no cuenta con esas facultades. Será el Congreso del Estado a quien le toque definir la sanción para el alcalde de Tuxtla.
El representante del PRI se pronunció en contra de la resolución de dar 3 meses de inscripción en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política por Razón de Género y no tres años como se había considerado en el anterior dictamen que fue elaborado con base a la legislación derogada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Mientras que el representante de Morena y de los partidos que llevaron a Carlos Morales Vásquez al cargo de presidente municipal, manifestaron que recurrirán a los tribunales para apelar la decisión.
Los consejeros Oswaldo Chacón Rojas y Edmundo Enriquez Arellano, quienes votaron en contra del dictamen señalaron que el sentido de su voto era porque consideraban que si bien había existido violencia política en las acciones de Carlos Morales no consideraban que fuera por razón de género.
En tanto las consejeras y el consejero que votaron a favor, declararon que la invisibilización del cargo de una mujer al no convocarla a reuniones es una forma de violencia política en razón de género y que también en sus actos el alcalde había incurrido en violencia simbólica.
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