La Redacción.- CIMACNoticias
Ciudad de México. Con motivo del sexto aniversario de la sentencia emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre el caso de Mariana Lina Buendía, joven víctima de feminicidio el 28 de junio de 2010, su madre Irinea Buendía declaró que la SCJN continúa sin incorporar la sentencia en la versión actualizada de su protocolo para juzgar con perspectiva de género.
Mariana Lima Buendía, joven de 25 años y abogada de profesión, fue asesinada en 2010 en Chimalhuacán, Edomex, presuntamente por el agente judicial Julio César Hernández Ballinas, su entonces esposo, quien denunció esta muerte como un “suicidio”, y quien ejercía violencia intrafamiliar en contra de su pareja.
Dicha omisión, explicó en un comunicado, representa un retroceso a la lucha de las víctimas de feminicidio y sus familiares, ya que esta sentencia establece la importancia de realizar diligencias con perspectiva de género y enfatiza la capacidad del sistema de justicia para reparar el daño de las autoridades, impulsar un cambio cultural y verificar si existe una situación de vulnerabilidad, por cuestiones de género.
Esta sentencia histórica, derivada del expediente 554/2013, explicó la también defensora, debería marcar un antes y después en las investigaciones de muertes violentas de mujeres, ya que obliga a las autoridades mexicanas a emplear la perspectiva de género como herramienta en las investigaciones de los casos.
Al no incorporar la sentencia, dijo, la SCJN “pierde la oportunidad de establecer de manera contundente cómo debería ser investigadas las muertes violentas de mujeres y los feminicidios, y de cómo de ser incorporada la perspectiva de género”. Pese a ello, hoy, a 40 años del nacimiento de Mariana, recalcó que seguirá en la lucha para que ningún caso de feminicidio quede impune, y la violencia institucional que inunda el caso de su hija sea eliminada.
Cabe recordar que Irinea Buendía se convirtió en un símbolo lucha del movimiento feminista, pues desde el feminicidio de su hija, emprendió diversas marchas y exigencias con el objetivo de encarcelar al agresor de Mariana, quien en ese entonces se desempeñaba como policía ministerial del Estado de México y quien, actualmente, se encuentra preso y en espera de una sentencia.
La SCJN atrajo el caso para su análisis en septiembre de 2013 debido a la falta de investigación con debida diligencia, a que no se aplicaron protocolos de investigación con perspectiva de género y la impunidad que prevaleció en el caso. Las autoridades mexiquenses insistieron en que la joven se había suicidado y se perdieron todas las evidencias que acreditaran la posibilidad de un feminicidio.
En marzo de 2015, la SCJN emitió una sentencia la sentencia con tres puntos fundamentales que debían ser atendidos por las autoridades: desarrollar una investigación con la debida diligencia y desde la perspectiva de género; investigar a los funcionarios que incurrieron en faltas administrativas, y reparar el daño a la familia de Mariana, lo que incluye impulsar un cambio cultural.
Este fue el primer caso de feminicidio que llegó a la Corte, de ahí su trascendencia ya que fijó criterios de cómo se debe actuar en estos casos.
21/AEG/LGL
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