La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó las reformas electorales aprobadas en junio pasado en Chiapas, debido a que no se consultó a las comunidades indígenas, a las que estas modificaciones afectan de manera directa.
Los cambios a las leyes Electoral de Instituciones y Procedimientos Electorales, de Participación Ciudadana y de Desarrollo Constitucional en Materia de Gobierno y Administración Municipal ampliaban las funciones y definían el método de elección de los integrantes de las asambleas generales comunitarias, que participan con sus órganos de representación indígena ante los ayuntamientos y el Congreso local.
Para no dejar en la indefinición jurídica el próximo proceso electoral local, se ordenó retomar las normas que estaban vigentes hasta antes de los decretos invalidados, con la indicación de que, a más tardar en 2022, se convoque a una consulta indígena.
La SCJN también ratificó su decisión de invalidar las reformas electorales de Veracruz promulgadas en junio y julio pasados, también por falta de consulta entre las comunidades indígenas.
Como en el caso de Chiapas, se ordenó que las próximas elecciones locales se efectúen con base en las leyes anteriores y que se convoque a una consulta indígena que permita a este sector de la población dar su opinión libre e informada sobre los cambios legales que afectarían sus métodos tradicionales para elegir representantes.